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Categoria programas:
Protección
Dependencia:
Dirección General de Atención a Grupos Prioritarios. Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL)
Programa/Política:
Pensión Para Adultos Mayores (PPAM)
Objetivos:
Mejorar el bienestar económico y social de las personas adultas mayores de 65 años de edad en adelante, que no reciben ingreso mensual superior a $1,092 por concepto de jubilación o pensión de tipo contributivo.
Dirigido a:
- Personas mexicanas y extranjeras en México.
- Personas de 65 años de edad en adelante, mexicanas y mexicanos por nacimiento o con un mínimo de 25 años de residencia en el país, que no reciban pensión mayor a $1,092 pesos mensuales por concepto de jubilación o pensión de tipo contributivo
Requisitos:
- Tener 65 años de edad en adelante.
- No recibir ingresos superiores a $1,092 mensuales por concepto de pago de pensión por cesantía en edad avanzada o vejez bajo el régimen de la Ley del Seguro Social
Opciones para realizar tu trámite
- En línea: Empieza tu trámite en línea y termínalo de manera presencial. (Para iniciar el trámite en línea consulta el siguiente enlace.)
- Presencial: La Delegación de la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) en coordinación con la autoridad local, avisará a la población la fecha, hora y lugar donde se instalarán las Sedes de Atención donde los interesados podrán pedir su incorporación. (Para conocer las distintas Delegaciones de SEDESOL consulta el siguiente enlace).
Documentos:
Las personas Adultas mayores mexicanas por nacimiento deberán presentar cuatro documentos en original para su cotejo y copia
- Credencial para votar vigente.- En caso de no contar con este documento, puede presentar pasaporte vigente, o credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM).
- Clave Única de Registro de Población (CURP).- En caso de no contar con ella, el personal de la Sedesol auxiliará a la persona solicitante para obtenerla.
- Acta de Nacimiento.- De no contar con este documento se podrá acreditar su edad con alguno de los antes mencionados.
- Comprobante de domicilio.- Recibo de pago de servicios con antigüedad no mayor a tres meses (energía eléctrica, agua, teléfono, impuesto predial).
- Para localidades menores a 10,000 habitantes constancia emitida por la autoridad local.
Contacto:
Votación: