La persona interesada deberá de acudir al Departamento de Protección de la Delegación de la Secretaría de Relaciones Exteriores para iniciar su trámite de solicitud de pensión alimenticia en el extranjero. El funcionario encargado del Departamento de Protección le dará una lista de los requisitos necesarios que deberán anexarse a los formatos de solicitud, los cuales son los siguientes:
Finalmente, después de reunir los requisitos y los formatos, deberán entregarse en el Departamento de Protección de la Delegación, el cual se encargará de enviarlos a la Dirección de Derecho de Familia de la Secretaría de Relaciones Exteriores. Una vez recibido por la SRE, los remitirán al Consulado Mexicano que corresponda a la circunscripción de donde radica el deudor alimentario.
El Consulado enviará esta solicitud a las oficinas centrales del Departamento de Manutención de Menores (Child Support) y Child Support a su vez los enviarán a las oficinas locales del lugar donde se encuentre el deudor alimentario.
En Estados Unidos hay algunos estados con los que México no tiene un acuerdo, y si el padre se encuentra ahí, los casos no pueden ser tramitados por la SRE. Tales estados son: Colorado, Florida, Georgia, lowa, Maryland, Oklahoma Virginia y Wisconsin. Si hay dudas sobre el estado donde se localiza la ciudad en la que vive el padre, favor de preguntar directamente a un funcionario de la SRE.
Homologación de una sentencia emitida por un Juez de lo Familiar en México
En este caso, la homologación se refiere a hacer válida en Estados Unidos una sentencia emitida por un Juez de lo familiar en México en la que haya establecido la obligación de pagar una cantidad a favor de sus hijos por concepto de pensión alimenticia.
Para poder homologar la sentencia es necesario dirigir al Consulado Mexicano una Carta Rogatoria del Juzgado de lo familiar en donde se emitió la misma para solicitar el apoyo de la Representación Consular para hacerla válida y así iniciar el cobro de pensión alimenticia al deudor alimentario.
Nota: Si en la sentencia se establece como obligación de pensión un porcentaje y no una cantidad líquida, se deberá solicitar el apoyo al Consulado Mexicano mediante una Carta Rogatoria para verificar los ingresos que percibe el deudor alimentario. Una vez que se verifiquen los ingresos, se podrá modificar la sentencia para establecer una cantidad líquida con base en la información proporcionada.
Si has sido detenido/a NO tienes derecho a acceder a los servicios de un abogado gratuitamente para los trámites migratorios.
SÍ tienes derecho a obtener un abogado sin costo para el gobierno, ya sea con tus propios recursos o a través de organizaciones de la sociedad civil que proveen asesorías y manejo de casos de forma gratuita o a muy bajo costo.
Tu Consulado te puede asesorar sobre los trámites y servicios legales disponibles para tu caso. Es muy importante que conozcas las organizaciones que proveen servicios a personas migrantes en tu comunidad.
Puedes consultar el siguiente vínculo para localizar ayuda legal cerca de tu residencia https://www.mujereshaciadelante.org/encuentre-ayuda-legal/
Si durante el proceso de detención el connacional tiene acceso a un notario, frente a él otorga la tutela temporal, de no tener acceso, un miembro de la familia puede solicitar la tutela, comprobando el parentesco.
Es importante tomar en cuenta que cuando el menor se encuentra bajo la custodia del Estado, el juez puede determinar si hace o no válido el poder notarial sobre la tutela del menor.
Durante la detención es muy importante: